Formulario 194

La SUNAT adopta y emite medidas y actos administrativos que, una vez emitidos y notificados, pueden dar lugar a diferentes situaciones.

Por lo tanto, la RS N° 002-97/SUNAT especifica las circunstancias bajo las cuales la SUNAT puede retirar, modificar, sustituir o complementar una medida en una orden de pago, decisión, aviso de sanción, aviso de atraso o aviso de oficina zonal después de la notificación.

¿Qué es el formulario 194?

El formulario 194 es el formulario requerido para la notificación de la derogación, modificación, sustitución o enmienda de un acto administrativo. El uso de este formulario se ajusta a las normas establecidas en la resolución de la superintendencia 002-97/SUNAT.

Si quiere recurrir una medida de recaudación (ejecución del formulario 194), está en el lugar adecuado, una vez descargado el formulario 194 sunat imprimir.




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¿Cómo llenar el formulario 194 sunat?

Para anular, modificar, sustituir, enmendar o reactivar una orden de pago u otra decisión después de la notificación, la SUNAT ha preparado el formulario 194, que puede descargar aquí.

Primero ingrese su número de RUC o el número de RUC del deudor tributario en la casilla 02 y luego escriba su nombre o el nombre de su empresa.

En el campo "RUBRO I" debe introducir la siguiente información independientemente de su caso:

  • Casilla 100: Número correspondiente al tipo de documento a tramitar, es decir, los supuestos recogidos en la Resolución nº 002-97-SUNAT: 1: Orden de pago; 2: Apercibimiento; 3: Decisión; 4: Cámara de Asociaciones; 5: Oficina Zonal.
  • Casilla 101: Número de documento, ya sea resolución u orden de pago.
  • Casilla 102: Fecha en el formato día, mes y año.
  • Casilla 103: Introduzca el código que figura en el CUADRO A del reverso del formulario o en la segunda página.

La realización del RUBRO II depende de la información del campo 103. En este caso, debe llevar una fotocopia y un documento original certificado por un notario de la SUNAT.

  • Columna del número de formulario: (200-205): Introduzca el número del formulario por el que se realizó el pago.
  • Columna Numero de Orden: (206, 208, 209, 211, 212): Número de la forma de pago, que no será tenido en cuenta por la SUNAT.
  • Columna de fecha de presentación (213-215, 217, 218): la fecha de presentación del formulario, en forma de día, mes y año.
  • Columna Banco Receptor: (219-223): nombre de la sucursal bancaria donde se realizó el pago según el formulario correspondiente.
  • Columna del importe pagado: (225-229): Corresponde al formulario no tenido en cuenta.

Además, se debe adjuntar el original o una copia certificada por un notario de la SUNAT en el  RUBRO III, y también se deben completar los siguientes campos:

  • Casilla 301: Número de la resolución en la que se produjo el fraccionamiento y/o aplazamiento.
  • Casilla 302: La fecha comunicada en forma de día, mes y año.

En el RUBRO IV, por el contrario, requiere el suministro de información correspondiente al error actual. En las casillas 404 y 405, indique el número del formulario en el que se produjo el error y en la casilla 406 la fecha en que se presentó el formulario.

Si la SUNAT es responsable del error, solicite la corrección de los datos mediante el formulario nº 1092 o 1093. En este caso, indique el número del formulario en la casilla 407 y la fecha de la solicitud en la casilla 408.

El original o la copia del formulario aprobado por la SUNAT deberá adjuntarse en el RUBRO V del formulario de modificación del coeficiente o de suspensión del pago.

Para cumplimentar de el RUBRO VI, necesitará el original o una copia de la notificación de la sanción o del requerimiento de pago y deberá rellenar los campos que figuran a continuación.

  • Casilla 602: Número de la notificación de sanción o del requerimiento de pago
  • Casilla 603: Fecha de la decisión en el formato día, mes y año.
  • Casilla 604: El importe fijado en la resolución

Para completar el RUBRO VII, marque con una "x" las casillas 700 a 709 indicando el motivo de revocación en virtud del artículo 77 del Código Fiscal.

Termine de rellenar el formulario introduciendo el número de la resolución que contiene uno o varios motivos en la casilla 710 y el número de identificación y la firma del contribuyente o de su representante legal en la casilla 712.

Una vez completado el formulario 194, debe entregarlo en la oficina de la SUNAT, realizar el trámite y recibir una respuesta a la brevedad posible, dependiendo de la naturaleza del trámite.

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